Empresa en Estonia desde México y desde Latinoamérica

México, Colombia y Argentina tienen reglas de transparencia fiscal internacional, y las tres alcanzan a una sociedad estonia que retiene el beneficio. Lo que cambia es el umbral, la vía de salida y si existe convenio con Estonia.

El interés latinoamericano por las sociedades estonias es real y está medido, no es un argumento de venta. Las cifras del programa publicadas para Brasil, Argentina, México, Chile y Uruguay muestran un aumento del 23 por ciento en solicitudes y del 45 por ciento en constitución de sociedades en un periodo de cuatro meses, con México en 464 residentes electrónicos y 130 sociedades constituidas, Argentina en 636 y 210, Chile en 196 y 59 y Uruguay en 56 y 15. Son cifras de 2025 y el artículo de origen no llevaba fecha de publicación explícita, así que conviene tomarlas como orden de magnitud y no como dato vivo.

Lo que sigue es la parte que el material promocional se salta. Abrir una empresa en Estonia desde Latinoamérica es jurídicamente sencillo y, para la mayoría de los titulares, no supone ahorro fiscal alguno. Lo deciden las tres preguntas de abajo, y la primera ni siquiera es fiscal.

e-Residency desde México, Colombia y Argentina

En elegibilidad la respuesta es limpia. México, Colombia, Argentina, Chile y Perú son todos elegibles y ninguno está restringido. No se revisan solicitudes de nacionales de diez países, ninguno de ellos latinoamericano, y Rusia y Bielorrusia se tratan por una vía separada. Ninguna nacionalidad latinoamericana tiene veto.

La restricción práctica es la recogida, porque la tarjeta de identidad digital hay que retirarla en persona con biometría. São Paulo y Buenos Aires ya reciben envíos de tarjetas, pero solo unas pocas veces al año, gestionados por la Junta de Policía y Guardia de Fronteras de Estonia. No hay punto de recogida en México, Colombia, Chile ni Perú. Un solicitante mexicano tiene que viajar, sea a una ventana de entrega latinoamericana cuando esté programada, sea a una embajada o consulado estonio en otro lugar. Metá eso en el calendario antes que cualquier otra cosa y consulte la lista oficial de puntos de recogida en el momento de solicitar, no un artículo.

México: REFIPRE y los artículos 176 a 178 de la LISR

México tiene reglas de transparencia y son el centro de esta pregunta. El régimen es REFIPRE, regímenes fiscales preferentes, artículos 176 a 178 de la LISR, Título VI Capítulo I. Antes de que la renta se atribuya a un residente mexicano tienen que cumplirse dos pruebas.

La prueba de ingreso, artículo 176. Son ingresos sujetos a REFIPRE los que no están gravados en el extranjero o lo están con un impuesto sobre la renta inferior al 75 por ciento del impuesto que se habría causado en México conforme al Título II o al Título IV de la LISR.

La prueba de control efectivo, artículo 176. El contribuyente debe ejercer control efectivo, que existe cuando hay más del 50 por ciento de los derechos de voto, derecho de veto o más del 50 por ciento del valor de las acciones; más del 50 por ciento de los derechos sobre los activos o sobre las utilidades en liquidación; la capacidad unilateral de determinar acuerdos de la asamblea o de la administración; consolidación de estados financieros; o control indirecto a través de entidades intermedias que cumplan cualquiera de lo anterior. Los derechos de partes relacionadas se suman para llegar al 50 por ciento.

La respuesta directa a lo que de verdad se pregunta. Sí, una sociedad estonia que retiene el beneficio queda alcanzada. El beneficio retenido soporta un 0 por ciento de impuesto estonio, cómodamente por debajo del 75 por ciento de la tasa mexicana del 30 por ciento de ISR, es decir por debajo del 22,5 por ciento. Un residente mexicano con el 100 por ciento de una OÜ cumple el control efectivo por varias vías a la vez. A partir de ahí REFIPRE grava al accionista mexicano por los ingresos de la entidad conforme se generan, se distribuyan o no - y eso elimina el diferimiento, que es todo el sentido del modelo estonio.

La salida por actividad empresarial, y dónde falla

Hay una salida y es más estrecha de lo que suena. El artículo 176 no aplica REFIPRE a la entidad extranjera que realiza actividades empresariales cuando sus ingresos pasivos no exceden del 20 por ciento del total. Una OÜ estonia que opera de verdad, con ingresos comerciales reales y menos de una quinta parte pasivos, puede quedar fuera del régimen.

Dos límites. La excepción no aplica cuando más del 50 por ciento de los ingresos de la entidad tiene fuente mexicana o generó deducciones en México. Así que una OÜ cuyos clientes son principalmente empresas mexicanas es el peor escenario posible: es justo el caso que la norma quiere alcanzar. Y la prueba mexicana funciona de otra manera que la europea. España y otros Estados de la Unión tienen una salida por motivos económicos válidos y actividad económica para entidades residentes en la UE. México no tiene ninguna salida por ser de la Unión Europea. Estar en la UE no aporta nada aquí; lo único que cuenta es la composición del ingreso.

México sí tiene convenio con Estonia

Este es el punto en que se equivoca la mayoría del contenido en español sobre sociedades estonias, normalmente dando por hecho que no hay convenio. Sí lo hay. El convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Estonia se firmó en la Ciudad de México el 19 de octubre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2013 y está en vigor y surtiendo efectos desde el 1 de enero de 2014. El Ministerio de Finanzas de Estonia lo incluye entre los acuerdos vigentes.

No hemos podido recuperar las tasas de dividendos del artículo 10 del convenio y no vamos a suponerlas. La publicación oficial bloquea la descarga automatizada y las bases de datos comerciales de convenios son de pago. Lo que está sólido es la existencia, la fecha de firma, la fecha de publicación y la entrada en vigor. Pida a un asesor mexicano que extraiga las tasas del decreto antes de modelar un reparto.

Lo que da tener convenio es un criterio de desempate de residencia, un procedimiento de acuerdo mutuo, intercambio de información, umbrales convencionales de establecimiento permanente y topes a la tributación en la fuente. Lo que no da es ningún alivio frente a REFIPRE. Los regímenes de transparencia operan sobre el accionista residente, no sobre la sociedad extranjera, y no los desplaza un convenio. Tener convenio es mejor que no tenerlo, pero nadie debería leerlo como una vía para esquivar el artículo 176.

Qué tiene que informar un residente mexicano

Aparte del gravamen hay una obligación informativa. El artículo 178 de la LISR obliga a los residentes en México que hayan participado directa o indirectamente en una entidad extranjera durante el ejercicio a presentar la Declaración Informativa Múltiple, Anexo 5, de los Regímenes Fiscales Preferentes.

  • Plazo: febrero de cada año respecto del anterior, con la regla general 3.19.5 del SAT ampliándolo a los tres meses siguientes, lo que da una fecha límite práctica en mayo
  • El alcance es más amplio que los ingresos REFIPRE: cubre ingresos sujetos a regímenes preferentes, ingresos de un anexo de más de 90 territorios y participaciones en entidades y figuras extranjeras transparentes
  • [No confirmado] No hemos podido confirmar las multas por no presentar el Anexo 5, ni si una OÜ estonia aparece en el listado de territorios del anexo. No debería, porque Estonia no es un territorio de baja imposición listado, pero hay que contrastarlo con el anexo vigente de la Resolución Miscelánea Fiscal

Algo que México no tiene es control de cambios. El peso es libremente convertible y no hay restricciones para mantener o transferir moneda extranjera ni para ser titular de una entidad del exterior. Las obligaciones aquí son informativas y fiscales, no cambiarias. El régimen de esquemas reportables de los artículos 197 a 202 del CFF puede alcanzar ciertos arreglos transfronterizos, pero no hemos verificado los umbrales vigentes ni si la simple constitución de una OÜ es en sí un esquema reportable, así que trátelo como pregunta abierta para un asesor mexicano y no como respuesta cerrada.

Colombia: el régimen ECE empieza en el 10 por ciento

Colombia también tiene reglas de transparencia y son las más duras de las tres en la entrada. El régimen ECE, entidades controladas del exterior, artículos 882 a 893 del Estatuto Tributario, rige desde 2017.

El artículo 883 alcanza a los residentes fiscales colombianos con participación directa o indirecta igual o superior al 10 por ciento en el capital o en los resultados de la ECE. Está muy por debajo del 50 por ciento de México y España y atrapa a minoritarios que en otros países ni se acercarían a un problema de transparencia. Cualquier residente colombiano titular de una OÜ estonia queda dentro solo por participación. El artículo 882 define la entidad controlada por referencia al control, incluidos los vinculados económicos, con las jurisdicciones no cooperantes y los regímenes preferentes como factores relevantes.

Los artículos 884 y 885 atribuyen las rentas pasivas conforme se realizan, y surge una presunción de que la totalidad de los ingresos son pasivos cuando lo son el 80 por ciento o más. Y en convenios no hay consuelo: Colombia no tiene convenio de doble imposición con Estonia. No figura en la lista de acuerdos vigentes del Ministerio de Finanzas estonio.

Argentina: el artículo 130 y el cepo

Las reglas argentinas de transparencia fiscal internacional están en el artículo 130 de la Ley 20.628, texto ordenado 2019, incorporado por la Ley 27.430. La construcción se parece más a la española y la mexicana, y tiene varias puertas de entrada:

  • Participación igual o superior al 50 por ciento en el patrimonio, los resultados o los derechos de voto, requisito que se dispensa cuando el residente tiene derecho a disponer de los activos, puede elegir o remover a la mayoría de los directores o tiene derechos directos sobre los beneficios
  • Cualquier nivel de participación cuando el 30 por ciento o más de los activos de la entidad son inversiones pasivas que generan renta de fuente argentina exenta para no residentes
  • Prueba de baja tributación del 75 por ciento: impuesto extranjero inferior al 75 por ciento del impuesto societario que hubiera correspondido bajo la ley argentina, con presunción rebatible para jurisdicciones no cooperantes o de baja tributación
  • Prueba de renta pasiva del 50 por ciento de los ingresos del ejercicio, o ingresos que generen gastos deducibles para residentes argentinos vinculados
  • Prueba de sustancia, aplicable cuando la entidad carece de la organización de medios materiales y personales necesarios para realizar su actividad

Una OÜ estonia que retiene beneficio falla la prueba del 75 por ciento con una tasa del 0, y una OÜ vacía falla además la prueba de sustancia. Queda alcanzada por cualquiera de las dos vías. Argentina tampoco tiene convenio con Estonia.

Argentina es además el único país aquí donde el control de cambios pesa de verdad en la decisión. El cepo cambiario se levantó para personas humanas en abril de 2025, y desde entonces los argentinos han comprado cerca de 45.000 millones de dólares. Las restricciones para empresas seguían vigentes en 2026 y no hay calendario anunciado para su eliminación. Si el lado argentino de su estructura es una sociedad y no una persona, eso es una restricción operativa viva y no una nota al pie, y hay que verificarla a la fecha en que vaya a actuar.

A quién le sirve y a quién no

Estonia tiene 66 convenios de doble imposición en vigor. En esta región solo aparece México en esa lista. Colombia, Argentina, Chile, Perú y Brasil no tienen ninguno. No tener convenio significa que no hay criterio de desempate si los dos Estados reclaman la sociedad, no hay procedimiento amistoso, no hay topes a la tributación en la fuente, no hay umbral convencional de establecimiento permanente y se aplica el derecho interno, que suele ser más amplio, y solo queda el alivio unilateral.

Con ese telón de fondo, la división honesta es esta. Una sociedad estonia puede tener sentido cuando el negocio opera de verdad desde Estonia o al menos tiene allí personas reales y decisiones reales, cuando los clientes están en la UE o repartidos internacionalmente en vez de concentrados en el país de origen, cuando el ingreso pasivo es una fracción pequeña de la facturación y cuando el titular quiere banca en euros y una entidad legal orientada a la UE por razones comerciales y no fiscales. En México ese mismo perfil puede además caer dentro de la excepción por actividad empresarial.

No sirve al titular cuyos clientes están principalmente en su propio país, porque eso es justo lo que la excepción mexicana excluye y lo que las pruebas de sustancia atrapan en los demás. No sirve para un vehículo de mera tenencia o de facturación sin empleados ni local. No sirve a quien planea dejar el beneficio dentro de la sociedad sin tributar, porque ese diferimiento es precisamente lo que los tres regímenes eliminan. Y a un residente colombiano tampoco le sirve una participación minoritaria pequeña, porque con el 10 por ciento ya basta.

Un límite por nuestra parte. Somos contables estonios. No emitimos opiniones fiscales mexicanas, colombianas ni argentinas y no presentamos declaraciones en esos países. Una posición sobre REFIPRE, sobre el régimen ECE o sobre el artículo 130 necesita un asesor allí, y ese trabajo corresponde al momento previo a constituir, no a dos años después. Lo que hacemos nosotros es el lado estonio: la contabilidad de la sociedad y su informe anual, las presentaciones en Estonia, la documentación de sustancia sobre la que acabarán juzgándose estos regímenes y las cifras que le pedirá su asesor en casa.

Preguntas frecuentes

¿Puede un mexicano obtener la e-Residency de Estonia?

Sí. México no está restringido, y tampoco Colombia, Argentina, Chile o Perú. El obstáculo práctico es la recogida: la tarjeta se retira en persona con biometría, en México no hay punto de recogida y las ventanas de entrega latinoamericanas de São Paulo y Buenos Aires se abren solo unas pocas veces al año.

¿Aplican las reglas REFIPRE a una empresa estonia?

Sí, si la entidad está bajo gravamen y usted tiene control efectivo. Los artículos 176 a 178 de la LISR alcanzan los ingresos gravados por debajo del 75 por ciento del impuesto mexicano, y una sociedad estonia que retiene beneficio paga 0 por ciento. Una participación del 100 por ciento cumple el control. El ingreso se grava en México conforme se genera, se distribuya o no.

¿Hay forma de quedar fuera de REFIPRE en México?

Una. El artículo 176 no aplica el régimen a la entidad extranjera que realiza actividades empresariales cuando sus ingresos pasivos no exceden del 20 por ciento del total. Falla cuando más de la mitad de los ingresos tiene fuente mexicana o generó deducciones en México. México no tiene ninguna excepción por pertenecer a la Unión Europea.

¿Existe convenio de doble imposición entre México y Estonia?

Sí. Se firmó en la Ciudad de México el 19 de octubre de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2013 y surte efectos desde el 1 de enero de 2014. No hemos podido recuperar las tasas de dividendos del artículo 10, así que pídalas a un asesor mexicano. En todo caso un convenio no desplaza REFIPRE.

¿Qué dicen las reglas de Colombia y de Argentina?

El régimen ECE colombiano de los artículos 882 a 893 del Estatuto Tributario empieza con una participación de solo el 10 por ciento y atribuye la renta pasiva conforme se realiza. El artículo 130 de la Ley 20.628 argentina usa el 50 por ciento de participación, una prueba de baja tributación del 75 por ciento, una de renta pasiva del 50 por ciento y una de sustancia. Ninguno de los dos países tiene convenio con Estonia.

¿Tiene que informar un residente mexicano sobre una sociedad extranjera?

Sí. El artículo 178 de la LISR exige la Declaración Informativa Múltiple Anexo 5 a quienes participaron directa o indirectamente en una entidad extranjera durante el ejercicio. El plazo es febrero, ampliado por la regla 3.19.5 del SAT hasta una fecha práctica en mayo. No hemos podido confirmar las multas por no presentarla.

Etiquetasempresa en Estonia desde Méxicoe-residency Estonia Méxicoabrir empresa en Estonia desde Latinoaméricaimpuestos empresa estonia MéxicoREFIPRE empresa extranjera

Información general, no asesoramiento fiscal

Este artículo refleja la legislación estonia vigente en la fecha indicada. Las normas cambian y cada situación es distinta: confirma tu caso con nosotros antes de actuar.

Volver a todos los artículos

Consigue un precio fijo para tu empresa

Basta con tu correo y una frase. Sin compromiso.